Jóvenes estudiantes de la Unidad Educativa “Águeda González” de la
ciudad de Atacames, serán los encargados de conformar las mesas de las Juntas
Electorales que receptarán las votaciones para elegir a los dignatarios del
Consejo Cantonal de Participación Ciudadana de Atacames, durante el acto
democrático que se efectuará hoy, de 09:00 a 15:00, en el recinto electoral
ubicado en el Polideportivo Sebastián Valencia Ramírez de la urbe atacameña.
De acuerdo a lo
informado por el Departamento de Participación Ciudadana del Municipio de
Atacames, que coordina este proceso, los jóvenes que integrarán las mesas
receptoras del voto fueron capacitados para el efecto, en coordinación con los
miembros del Comité Electoral encargados de velar por el normal desarrollo del
acto democrático.
Se hizo conocer que un
total de mil 750 ciudadanos de las 4 parroquias rurales y una urbana del cantón
Atacames, se inscribieron para participar con su voto en la designación del
directorio del Consejo Cantonal de Participación Ciudadana, cuyas dignidades se
la disputan 3 listas que fueron calificadas el viernes anterior cuando culminó
el plazo de inscripciones.
¿Que es el Consejo de
Participación Ciudadana?
El Consejo Cantonal de Participación Ciudadana es lo que en la Ley
Orgánica del Consejo de Participación Ciudadana se la identifica como Asambleas
Locales que deben existir en cada nivel de Gobierno, así lo confirmó el Jefe
del Departamento de Participación Ciudadana del Municipio de Atacames, Francisco
Sánchez y se sustentan en los artículos del 56 al 63 de la indicada ley.
Añadió que este Consejo, es un espacio de deliberación,
gestión y control público o, en otras palabras, una instancia de Participación
Ciudadana, compuesta sólo por ciudadanos y ciudadanas, que se convierten en
veedores de que las autoridades cumplan sus compromisos con el pueblo, pudiendo
inclusive colaborar para que esos compromisos se cumplan y, de ser necesario,
pueden denunciar las inoperancias, incumplimientos e irregularidades de las
autoridades, ante los organismos competentes para las sanciones
correspondientes.
Finalmente debemos indicar que el Consejo Cantonal de
Participación Ciudadana, una vez conformado, debe elaborar sus respectivos
estatutos para su funcionamiento. Es algo nuevo en el país, aunque la
conformación de estas instancias ya consta en el Artículo 100 de la Constitución de la República, aprobada en
el año 2008.
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