viernes, 26 de febrero de 2016

Dejan sin efecto remociones de Alcalde y Vocal de Junta.


En ambos caso el TCE considera que no se cumplió con debido proceso.

El Alcalde del Cantón Muisne, Eduardo Proaño Gracia; y, la Vocal del Gobierno Parroquial de Quingue, Diana Ulloa Vera; quienes fueron objetos de un proceso de destitución en sus respectivos organismos de gobierno, recibieron un pronunciamiento favorable por parte del Tribunal Contencioso Electoral (TCE) en las absoluciones de consulta emitidas por cada causa.

En el caso del Alcalde muisneño, en el primer término de la absolución, se indica que el proceso de remoción no cumplió con el procedimiento y formalidades establecidas en el artículo 336 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD).

En el párrafo que concluye el análisis de cumplimiento de formalidades y procedimientos, se indica que en el procedimiento de remoción instaurado en contra del señor Eduardo Proaño Gracia, no se realizó la citación conforme manda la Ley, generando como consecuencia la ineficacia jurídica de todos los actos posteriores al haberse vulnerado el derecho al debido proceso.

Situación similar.

Mientras tanto, en el término similar correspondiente a la absolución de la Vocal de Quingue, se indica que el proceso de remoción  no cumplió con el procedimiento y formalidades establecidas en la Constitución de la República y el COOTAD.

En el análisis respectivo se verifica que la denuncia presentada para el proceso de remoción de la Vocal, se la hizo sin adjuntar el correspondiente reconocimiento de su firma; así como, los documentos de respaldo pertinentes; consecuentemente no cumplió con los requisitos mínimos de admisibilidad establecidos en el inciso primero del artículo 336 del COOTAD, hecho que genera, como consecuencia jurídica, la ineficacia de todos los actos posteriores.

En ambos casos, en el segundo término de las correspondientes absoluciones, se indica que se deja sin efecto las resoluciones adoptadas en las respectivas sesiones donde se aprobaron las remociones.

Analizan resolución.

En lo correspondiente al caso de la alcaldía muisneña, quien actuó como presidente de la Comisión de Mesa en el proceso de remoción, Jorge Tello Monroy, señaló que la respuesta del CTE se la está analizando al interior de Movimiento País y, oportunamente, dará un pronunciamiento al respecto.

Mientras que, en lo que respecta a la Vocal de Quingue, el Presidente del Gobierno Parroquial, Antonio Ramírez Hernández, refirió que la decisión fue adoptada por el pleno de la entidad y, por ende, la resolución del TCE, debe ser analizada en una sesión del órgano parroquial y, luego de ella, se emitirá un pronunciamiento institucional al respecto.

Instituciones cerradas.

Tanto las instalaciones del Municipio de Muisne como la del Gobierno Parroquial de Quingue, se encuentran cerradas y sus autoridades continúan realizando gestiones desde otros sectores de sus respectivas circunscripciones.


En el caso de la institución edilicia esta se encuentra cerrada desde finales de noviembre cuando una turba de manifestantes se tomó sus instalaciones pidiendo la salida del Alcalde, mientras que, en lo que respecta al edificio parroquial de Quingue, éste se mantiene tomado, desde el jueves 21 de enero, por un grupo de manifestantes que rechazaban, precisamente, la remoción de la Vocal Ulloa.

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