miércoles, 22 de enero de 2014

Ocho encuestadoras autorizadas para pronósticos electorales.


Ocho encuestadoras autorizadas para pronósticos electorales.

 

El Consejo Nacional Electoral (CNE) aprobó la inscripción de dos empresas encuestadoras que podrán realizar la publicación y difusión de pronósticos electorales para las elecciones seccionales del 23 de febrero de 2014: La Compañía Imasen del Ecuador S.A y la Empresa Blasco Peñaherrera & Asociados Estudios de Mercadeo y Opinión Pública.

Las dos empresas encuestadoras antes indicadas se suman a las anteriores aprobadas por el organismo electoral: Capservs Medios de Comunicación-Capacitación Servicios Cia. Ltda., Perfopis Perfiles de Opinión Cía. Ltda., Centro de Investigaciones y Estudios Especializados Centroinvest Cia. Ltda., Instituto de Estudios Sociales y de la Opinión Pública, I.E.S.O.P., Opecuador Estudios Sociales y Políticos S.A.; y Cedatos.

El artículo 206 del Código de la Democracia establece que, las empresas que realicen pronósticos electorales, para ejercer su actividad, deberán inscribirse y registrarse previamente en el Consejo Nacional Electoral y sujetarse a las normas que expida el organismo. El incumplimiento de este requisito impedirá su participación pública en los procesos electorales.

En el artículo 303 se señala que las empresas que realicen pronósticos electorales, y no se inscriban y registren previamente en el Consejo Nacional Electoral para ejercer dicha actividad, serán sancionadas por el Tribunal Contencioso Electoral con una multa mínima de cinco mil dólares y máxima de veinte mil dólares. En caso de reincidencia se ordenará al organismo competente proceda a cancelar su personería jurídica.

Acerca de las personas naturales o jurídicas que deseen realizar encuestas de voto a boca de urna están obligadas a inscribirse en el CNE. El incumplimiento de la inscripción en el organismo electoral impedirá que éstas puedan realizar cualquier tipo de actividad relacionada a la encuesta, procesamiento, publicación y difusión de cualquier tipo de información sobre el proceso electoral.

Las personas naturales o jurídicas podrán presentar su solicitud de inscripción hasta tres días antes del cierre de la campaña electoral en la Secretaría General del Consejo Nacional Electoral. (Fuente: CNE)

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